Asuntos de Familia
En estas materias, Ud. encontrará defensa o apoyo a sus gestiones para los diversos asuntos, tales como:
- Alimentos: La ley establece distintos casos en los cuales una persona debe pagarle pensión de alimentos a otra, generalmente entre ascendientes y descendientes, aunque perfectamente pueden demandarse entre otras personas incluso si no son parientes, para más información, clic aquí.
- Cuidado Personal: La ley dispone que los menores de edad deben deben estar al cuidado de sus padres, salvo que estén imposibilitados para hacerlo, en cuyo caso le toca al otro padre u otros parientes del menor, para más información, clic aquí.
- Régimen Comunicacional: También conocido como 'visitas', corresponde al derecho que tienen los padres y los hijos que viven separados a tener una comunicación fluida, sea de forma presencial, telefónica o por cualquier otro medio.
- Divorcios: Si su matrimonio se separó hace más de 3 años, Ud. puede demandar el divorcio, en caso de que se encuentren ambos de acuerdo, basta un año desde la separación. Si el divorcio se debe a hechos de mal comportamiento de su ex conyuge, Ud. puede demandar el divorcio en cualquier momento.
- Compensación Económica: Es aquel derecho que asiste a aquel cónyuge que se dedicó al cuidado del hogar o de los hijos y que producto de ello no pudo trabajar como hubiese podido y querido, para más información, clic aquí.
- Autorización para salida del país: Si Ud. es el padre que ejerce el cuidado personal de un menor de edad y desea salir del país con él, Ud. puede solicitar al tribunal la autorización para hacerlo, por un tiempo determinado o bien conseguir con el otro padre la respectiva autorización.
- Patria Potestad: Es el derecho de los padres para administrar los bienes de los hijos, generalmente lo ejerce aquel padre que vive con el hijo.
Si tiene dudas, no dude en contactarnos.